¿Puede un estudiante de ingeniería escribir el examen IAS?

Criterios de elegibilidad para el examen de servicios civiles (IAS e IPS)

i) Elegibilidad académica

  1. El candidato debe tener un título de PASS BACHELOR’S de cualquiera de las Universidades incorporadas por un Acta de la Legislatura Central o Estatal en la India u otras instituciones educativas establecidas por un Acta del Parlamento o declaradas como una Universidad, bajo la Sección 3 de la Ley de la Comisión de Subvenciones Universitarias, 1956, o poseer una calificación equivalente.
  2. Los candidatos que han aparecido o pretenden presentarse para el examen final y están a la espera de los resultados también son elegibles para solicitar el Examen Preliminar.
  3. Todos los candidatos que califiquen para el examen Prelims deben presentar una prueba de Aprobado de Bachiller para presentarse al Examen Principal de Servicios Civiles. Este Grado debe adjuntarse con su solicitud para los Exámenes Principales.
  4. El UPSC puede, en casos excepcionales, tratar a un candidato sin la calificación requerida como candidato elegible si ha aprobado un examen realizado por otras instituciones, cuya norma justifica su admisión en la opinión de la Comisión. Los criterios pueden aplicarse a candidatos con título universitario de cualquier universidad extranjera de renombre, por ejemplo, Oxford, Cambridge y Harvard, etc.
  5. Los candidatos con títulos de licenciatura profesionales y técnicos que son reconocidos por el gobierno también son elegibles para aplicar MBBS de ejemplo, BE, etc.
  6. Los candidatos que hayan superado el último año de MBBS pero que aún deben completar la pasantía también pueden presentarse para el examen principal. Sin embargo, deben presentar un certificado de la autoridad competente de la Universidad / Institución de que han aprobado el examen médico profesional final junto con su solicitud de examen principal. En la etapa de entrevista, deben presentar un certificado de una autoridad competente que hayan completado (incluida la pasantía) y todos los requisitos para la concesión del título de médico.

ii) límites de edad

Un candidato debe haber cumplido los 21 años de edad y no haber cumplido los 32 años el 1 de agosto de 2016, es decir, debe haber nacido no antes del 2 de agosto de 1984 y no más tarde del 1 de agosto. 1995.

El límite de edad superior prescrito anteriormente es relajado:

  1. Hasta un máximo de cinco años si un candidato pertenece a una Casta Programada (SC) o una Tribu Programada (ST).
  2. Hasta un máximo de tres años en el caso de los candidatos que pertenecen a Otras clases atrasadas (OBC) que son elegibles para hacer uso de la reserva aplicable a dichos candidatos
  3. Hasta un máximo de cinco años si un candidato hubiera estado habitualmente domiciliado en el estado de Jammu y Cachemira durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1980 y el 31 de diciembre de 1989.
  4. Hasta un máximo de tres años en el caso del personal de los Servicios de Defensa discapacitados en operaciones durante las hostilidades con cualquier país extranjero o en un área perturbada y liberado como consecuencia de ello.
  5. Hasta un máximo de cinco años en el caso de ex militares incluidos los oficiales comisionados y los ECO / SSCO que hayan prestado al menos cinco años de Servicio Militar el 1 de agosto de 2016 y hayan sido puestos en libertad.
  6. Al completar la asignación (incluidas aquellas cuya asignación debe completarse dentro de un año a partir del 1 de agosto de 2016) de otra manera que no sea por despido o descarga por mala conducta o ineficiencia, o por incapacidad física atribuible al Servicio Militar, o en la invalidación.
  7. Hasta un máximo de cinco años en el caso de las ECO / SSCO que hayan completado un período inicial de asignación del Servicio Militar de cinco años el 1 de agosto de 2016 y cuya asignación se haya extendido más de cinco años y, en cuyo caso, el Ministerio de Defensa emite un certificado que pueden solicitar para un empleo civil y que serán entregados con tres meses de anticipación a partir de la fecha de recepción de la oferta
  8. Hasta un máximo de 10 años en el caso de personas ciegas, sordomudas y con discapacidades ortopédicas.

UPSC no para relajarse límite de edad superior

NOTA I:
Los candidatos que pertenecen a las castas programadas y las tribus programadas y las otras clases atrasadas que también están cubiertos por cualquier otra cláusula del párrafo 3 (ii) (b) anterior, a saber. Las personas que entren en la categoría de ex militares, personas domiciliadas en el estado de J&K, ciegos, sordomudos y discapacitados ortopédicos, etc. serán elegibles para la concesión de relajación de edad acumulativa en ambas categorías.

NOTA II:
El término ex-militares se aplicará a las personas que se definan como ex militares en las Reglas de ex-militares (Re-empleo en servicios civiles y puestos), 1979, según se modifique de vez en cuando.

NOTA III:
La concesión de edad según el párrafo 3 (ii) (b) (v) y (vi) no será admisible para los militares y oficiales comisionados, incluidos los ECO / SSCO, que se liberan a petición propia.

NOTA IV:
No obstante la disposición de relajación por edad según el párrafo 3 (ii) (b) (vii) anterior, se considerará que un candidato con discapacidad física es elegible para el nombramiento solo si él / ella (después de un examen físico como el Gobierno o la autoridad nominadora, según sea el caso, se puede prescribir que se cumple con los requisitos de las normas físicas y médicas para los Servicios / puestos en cuestión que el Gobierno asignará a los candidatos con discapacidades físicas.